La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las cámaras empresarias del sector firmaron una nueva revisión paritaria que establece un incremento salarial del 5,7%, que será abonado en tres tramos iguales del 1,9% entre julio y septiembre de 2026. Además, acordaron el pago de una asignación extraordinaria de $50.000, que se liquidará en dos cuotas.
El acuerdo fue suscripto por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), en el marco de la negociación paritaria correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo N.º 130/75.
Según lo establecido, el aumento del 5,7% se calculará sobre las escalas salariales básicas vigentes a junio de 2026, incluyendo las sumas no remunerativas existentes a esa fecha. La actualización se aplicará en tres etapas: 1,9% desde julio, otro 1,9% desde agosto y el último 1,9% desde septiembre.
Bono extraordinario de $50.000
Como parte del entendimiento, las partes también acordaron el pago de una asignación extraordinaria, no remunerativa, por única vez y no acumulativa, de $50.000. El monto será abonado en dos cuotas de $25.000, junto con los salarios correspondientes a julio y agosto de 2026.
Se posterga la incorporación de los $120.000 al salario básico
El convenio además resolvió prorrogar la incorporación al salario básico de la suma fija no remunerativa de $120.000, vigente hasta el momento.
La incorporación se realizará de manera gradual, con seis tramos de $20.000 cada uno, que se integrarán a los básicos entre diciembre de 2026 y mayo de 2027. Las sumas pendientes continuarán liquidándose conforme a lo establecido en el acuerdo firmado el 26 de marzo de este año.
Vigencia y próxima revisión
El acuerdo tendrá vigencia desde el 1 de julio de 2026, mientras que las partes se comprometieron a volver a reunirse durante el mes de octubre para evaluar la evolución de las variables económicas y analizar una eventual actualización salarial.
Finalmente, el acta aclara que los incrementos acordados no serán vinculantes para los convenios salariales que puedan celebrarse en la ciudad de Río Grande, Tierra del Fuego, aunque los montos establecidos constituirán el mínimo convencional una vez homologado el acuerdo.




