Opinión

VILLALBA: LA REFORMA CONSTITUCIONAL ES GRAN OPORTUNIDAD PARA OPTIMIZAR ACCESO A LA SALUD Y GARANTIZAR DERECHOS EN DISCAPACIDAD

La instancia de Reforma de la Constitución de la Provincial de La Rioja, es una de los aciertos políticos de la últimas décadas , será una escelente oportunidad para garantizar los derechos de discapacidad y el acceso universal de la salud, adecuando la nueva Carta Magna Provincial por las fragmentaciones que sufrió nuestro sistema sanitario y vendría además a garantizar la ampliación de derechos a las personas con discapacidad.

Estamos ante un momento histórico de la Reforma Constitucional para garantizar la totalidad de los derechos de las personas con discapacidad y para regular el sistema sanitario asegurando el acceso universal a la Salud de toda la población de la provincia.
La última modificación en nuestra constitución fue en la reforma del 1986 en el Art. 57 (actualmente 59): ¨Derecho a la salud: El Estado asegurará la salud como derecho fundamental de la persona humana. A tal efecto tenderá a que la atención sanitaria sea gratuita, igualitaria, integral y regional, creando los organismos técnicos que garanticen la promoción, prevención, protección, asistencia y rehabilitación de la salud física, mental, social conforme al sistema que por la ley se establezca¨.
Desde ese año el sistema sanitario sufrió cambios esenciales y una gran cantidad de fragmentaciones (obras Sociales – -mutuales – Prepagas – Planes Médicos – etc.) que no estaban previstos ni contemplados en esos momentos. Hoy, para asegurar no solo el acceso a las prestaciones sanitarias sino a las nuevas características universales de la atención medica que son: Igualdad, Oportunidad, accesibilidad, Integridad y Calidad, no solo tendremos que optimizar los Efectores Sanitarios Públicos sino que regular las obligaciones y responsabilidades de todas las coberturas que hoy conviven es este Sistema Mixto de Salud.
Para dar un ejemplo la Constitución de la ciudad Autónoma de Buenos Aires como en otras provincias ya modificó estas necesidades en su Art. 21. ¨ La Ciudad conduce, controla y regula el sistema de salud. Financia el área estatal que es el eje de dicho sistema y establece políticas de articulación y complementación con el sector privado y los organismos de seguridad social¨.
También es importante que se modifique dicho artículo donde reconoce al trabajador de Salud como función Social y no como función esencial que sería lo correcto y merecido después demostrar su gran labor en esta situación socio/sanitaria actual, incluida la experiencia durante el tiempo de Pandemia por el COVID-19.
La Provincia de la Rioja necesita la creación por Constitución un Ente Regulador que garantice el cumplimiento efectivo de las políticas sanitarias contempladas en la ley, que no solo regule las acciones sanitarias públicas, sino que también regule las obligaciones y responsabilidades de la obras sociales y todas las coberturas medicas vigentes actualmente en nuestra provincia: con el objetivo de no saturar las tasas en prestaciones médicas en hospitales públicos (socialización del Sistema sanitario), ni mercantilizar este derecho del acceso a la salud con pagos excesivos en personas sin coberturas médicas en consultorios y clínicas privadas.
Desde este punto de vista personal y entendiendo la mirada del gobierno provincial hacia los temas de Gobernanza y Libertad de Expresion; Derecho al agua, energia y conectividad; Coparticipación; Renta Basica Universal, etc, no puedo dejar de manifestar la importancia de debatir sobre salud y discapacidad en esta nueva reforma constitucional.
Tambien notamos la necesidad de ampliar el escueto y confuso párrafo constitucional del art 39 de Nuestra Constitución Provincial y pensando en un nuevo paradigma constitucional para nuestra provincia: la discapacidad es la gran deuda social de esta comunidad que esta pandemia dejó traslucir por ser el grupo poblacional más vulnerable de la sociedad y requiere un abordaje de integración que garantizaría todos los derechos adquiridos desde la última modificación de nuestra Carta Magna Provincial en el año 1986; y con el objetico de eliminar de forma definitiva las barreras que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones como lo reza el art. 1 de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad. Siendo el gran desafío mundial y de cada pueblo lograr con las políticas de inclusión: la dignidad humana, justicia, igualdad, libertad, solidaridad participación, no discriminación, acceso a los derechos, y prestaciones para mejorar la vida; representando la mayor minoría en la población mundial.

Dr. Oscar Villalba

Médico – Especialista en Pediatría y Neurología Infantil

Docente Adjunto de La Cátedra de Salud Pública II – Universidad Nacional de La Rioja

Vocal 1º Del Colegio Médico Gremial

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