
El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional N.º 1 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la jueza Dra. María Cecilia Córdoba, resolvió dictar el procesamiento contra Iván N. B., como supuesto autor del delito de tres hechos de estafa, previsto en el artículo 172 del Código Penal.
La resolución fue dictada en el marco de tres expedientes, acumulados, luego de analizar las denuncias y los distintos elementos probatorios incorporados durante la investigación.
Tres hechos investigados
El primero de los hechos tiene como damnificado a un hombre que, junto con su pareja, habría acordado con el imputado la adquisición de dos terrenos y posteriormente la realización de trabajos de construcción.
De acuerdo con la denuncia incorporada a la causa, se habrían entregado $560.000 por los lotes y otros $329.000 destinados a materiales y mano de obra para la construcción de una tapia. Según sostuvo el denunciante, no habría recibido las escrituras ni se habrían concluido los trabajos acordados, señalando un perjuicio económico total de $889.000.
El segundo hecho se originó a partir de la denuncia de un beneficiario del programa PROCREAR, quien habría contratado al imputado para la provisión de materiales destinados a la construcción de una vivienda y una tapia.
Según consta en la resolución, el denunciante habría entregado un total de $2.260.000 mediante pagos documentados con recibos y operaciones bancarias. Sin embargo, los materiales comprometidos no habrían sido entregados ni el dinero habría sido restituido.
El tercer hecho presenta características similares y tuvo como denunciante a otra persona beneficiaria del programa PROCREAR, quien habría acordado la adquisición de materiales para construir una vivienda y una tapia.
En este caso, la denunciante habría entregado $1.940.000 en dos pagos. Conforme surge de la investigación, los materiales tampoco habrían sido entregados en los plazos acordados.
Las pruebas incorporadas a la causa
Para resolver la situación procesal, el Juzgado valoró distintos elementos reunidos durante la instrucción, entre ellos las denuncias y sus posteriores ratificaciones judiciales, cartas documento, comprobantes de transferencias, recibos de entrega de dinero, conversaciones mantenidas mediante servicios de mensajería, actas de allanamiento y declaraciones testimoniales.
Al momento de prestar declaración indagatoria, el imputado hizo uso de su derecho constitucional de abstenerse de declarar.
Tras analizar esos elementos, la magistrada consideró que existían elementos suficientes, en esta etapa del proceso, para sostener la hipótesis acusatoria respecto de los tres hechos investigados.
Embargo por $3 millones
En consecuencia, la jueza resolvió dictar el procesamiento y prisión preventiva contra el imputado como supuesto autor de tres hechos de estafa, en perjuicio de tres damnificados.
Asimismo, ordenó trabar embargo sobre bienes del procesado por la suma de $3.000.000, destinado a responder por una eventual pena pecuniaria y las costas derivadas del proceso.
La resolución constituye una decisión adoptada durante la etapa de instrucción y no implica una sentencia condenatoria, por lo que el imputado mantiene su estado jurídico de inocencia mientras continúa el trámite de la causa.



